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Los importadores alertan sobre las consecuencias del “impuestazo”

cidoaCIDOA, la cámara que nuclea a los importadores de vehículos en Argentina, emitió un documento público en el que alerta sobre las consecuencias del “impuestazo” que el Gobierno busca aplicar en los automóviles “de lujo”, pero que en realidad terminaría recayendo también sobre modelos de gama media.

El documento difundido por CIDOA fue elaborado cuando el proyecto de ley contemplaba elevar del 10 al 50 por ciento los impuestos internos de los vehículos considerados “de lujo”, lo que en realidad se trasladaría en incrementos de hasta el 80 por ciento en el precio final.

En las últimas horas, el proyecto de ley recibió media sanción en la Cámara de Diputados aunque con ciertas modificaciones: se aplicarían alícuotas diferenciadas, del 30% y 50%, según la franja de valor del vehículo (ver aquí).

En cualquier caso, es interesante conocer la postura de CIDOA, el análisis que realiza sobre el mercado y las consecuencias de un “impuestazo”, como así también difundir sus propuestas. A continuación, se reproduce el documento completo…

Buenos Aires, 26 de Noviembre de 2013.

 

INFORMACION SOBRE IMPUESTOS INTERNOS.

 

Cámara de Importadores y Distribuidores Oficiales de Automotores (CIDOA).

Índice.

1)        Reseña histórica de aplicación del impuesto interno.

2)        Hechos puntuales del nuevo proyecto presentado.

3)        Efectos esperables de su aplicación

4)        Propuesta superadora de la ley por CIDOA

5)        Aclaraciones a la opinión pública sobre el impuesto para los medios de comunicación.

6)        Anexo sobre el rol de los importadores en el mercado automotriz.

 

1)        Breve reseña histórica del impuesto interno para automóviles.

           Suspendido en el periodo 2001-2007.

           Reactivado a partir de Enero de 2008 con una base imponible de 140.000 pesos (dólar 3,15 implica aplicación a vehículos con precio público de más de 62,000 dólares). Alícuota de 10% para todos los que superen esa base imponible. (Decreto 175/2007).

           Actualizado a partir de Enero de 2009 con una base imponible de 150.000 pesos (dólar 3,50 implica aplicación a vehículos con precio público de más de 60,000 dólares). Alícuota de 10% para todos y 5% adicional para gasoleros. (Decreto 2344/2008).

           Actualizado a partir de Enero de 2010 con una base imponible de 170.000 pesos (dólar 3,82 implica aplicación a vehículos con precio público de más de 62,000 dólares). Se mantienen alícuotas. (Decreto 2227/2009).

           Actualizado a partir de Enero de 2011 con una base imponible de 212.500 pesos (dólar a 4 pesos implica aplicación a vehículos con precio público de más de 73,900 dólares). Alícuotas para todos se mantiene en 10% y para diésel sube de 5% a 12,5% (Decreto 38/2011).

           Actualizado a partir de Enero de 2012 con una base imponible de 150.000 pesos (dólar a 4,35 pesos implica aplicación a vehículos con precio público de más de 48,000 dólares). Alícuotas para todos se mantiene en 10% y para diésel sigue en 12,5 (Decreto 1/2012).

           Actualizado a partir de Enero de 2013 con una base imponible de 150.000 pesos (dólar hoy a 6,10 pesos) implica aplicación a vehículos con precio público de más de 34,500 dólares). Alícuotas para todos se mantiene en 10% y para diésel sigue en 12,5 (Decreto 7/2013).

El impuesto se aplica en caso de que el importe de la primera facturación (de la terminal o importador al concesionario) sin impuestos supere la base imponible definida. Es decir se toma el precio de venta de la terminal o importador al concesionario sin IVA y sin el margen del concesionario. El concesionario luego factura el vehículo al cliente y si ya fue aplicado el impuesto, el mismo estaría incluido en la factura de la terminal o distribuidor.

En resumen, durante los últimos 6 años el impuesto interno pasó de afectar a vehículos en el rango de gama media/alta de 50.000-80.000 dólares (por eso fue inicialmente referido como  impuesto a los autos ‘de lujo’) a vehículos de 35.000 dólares a noviembre 2013 (150.000 pesos de base imponible) que son vehículos de gama media que, debido a la carga impositiva, equivalen a vehículos económicos de 17.000-20.000 dólares en mercados como el de USA, Chile o Europa. Por lo tanto no parece adecuado hablar hoy de bienes suntuarios o vehículos de lujo para denominar automóviles que se encuentra dentro de este rango de precios.

Adicionalmente la alícuota evoluciono de 10% para todos y cero para diésel a 10% para nafteros y 12,5% para diésel que en ese caso se suman ya que el vehículo diésel cumple con ambas condiciones.

La incidencia sobre el precio al público es hoy de:

          12% para los vehículos que superan la base imponible.

          25% para vehículos que superan la base y tienen motor diésel.

2)        Nuevo proyecto de ley modificación impuesto internos de automóviles.

Hechos puntuales que se darían si se promulga este proyecto del aumento al 50%:

          La alícuota del impuesto a los automóviles aumenta un 500% (de 10% a 50%) mientras que la tasa EFECTIVA sube al 100%. La alícuota ADICIONAL para vehículos Diésel se baja del 12,5% al 10%. 

          El aumento previsto de los precios públicos de los autos que hoy no pagan dicho impuesto sería aproximadamente del 80 para todos los vehículos que no pagaban y lo tienen que pagar y aún mayor para los diésel (cerca del 95%).

          Para los que ya pagaban internos (no diésel), el aumento al público seria de un 65% a un 70%.

          La base imponible sube de 150.000 a 170.000 pesos (un 13,33% luego de dos años a 150.000 pesos)

          El precio público teórico de corte es de 232.500 pesos, unos 38.000 dólares al tipo de cambio actual de 6,1 pesos por dólar y que podría evolucionar en: u$s 33.200 para un dólar de 7 pesos por ejemplo.

          Entre dos modelos con igual equipamiento y diferencia de caja manual vs. automática hay hoy  un diferencial de  costo de 10.000/15.000 pesos. Si al modelo automático lo afectara impuestos internos, la diferencia por la caja de cambios pasaría a ser entonces de unos 200.000 pesos, lo cual significaría que el modelo automático no podría venderse. Este es solo un caso para graficar como afecta a un modelo el caer dentro del nuevo impuesto propuesto con la alícuota del 50%.

 

3)        Efectos esperables de la aplicación del proyecto de Ley del 50%:

a)        Aumento de más del 80% del precio al público de una gama media de productos como los SUV’s medianos (CRV, RAV4, Tucson, Sportage, Forester, Outlander) que son el eslabón siguiente a los SUV regionales de entrada de gama como son las Ecosport, Tracker, Duster.  Lo mismo pasa para el segmento de hatchback y sedanes medianos y los mediano-grandes donde no existe la producción regional. Es decir, que a dichos modelos se los aleja en más de un 80% en precio de sus competidores de segmentos inferiores con los que ya tenían cierta distancia por pagar impuestos de extrazona (35,5% sobre CIF).

b)        En la práctica del corto y mediano plazo desaparición de segmentos intermedios de producto.  Se produce un salto de aprox. 200.000 pesos entre dos modelos similares lo que provocaría una notable caída de ventas de dichos productos. Habría además un abismo donde no existen productos entre 38.000 y los 68.400 dólares (232.000 pesos y 395.000 pesos) lo que constituye una distorsión notable.

c)         Concesionarios: Caída notable de ventas, sobre todo de los concesionarios de ciertas marcas que se especializan en los segmentos afectados por el impuesto. Pérdida económica y posibles despidos en empresas argentinas que apuestan al país con inversiones constantes en sus locales y capacitación de sus empleados. Problemas con las operaciones de venta en trámite.

d)        Distribuidores: caída de ventas, pérdidas económicas y disminución del negocio proyectado en base a inversiones programadas y planes de negocio en curso. Incertidumbre en cuanto a las operaciones ya pactadas con la casa matriz y su imposibilidad de venta debido a la aplicación de esta alícuota. Eliminación de modelos vitales de sus líneas de producto, sobre todo los SUV’s y sedanes mediano-grandes.

e)        caída de la recaudación por baja de ventas del segmento intermedio que es uno de los de más volumen de los importados extrazona. Lo recaudado por el impuesto no compensaría la caída de ventas de vehículos que hoy ya pagan casi el 100% de su valor FOB en impuestos.

f)          Daño al trabajo: peligran numerosos puestos de trabajo en distribuidores, concesionarios y todo tipo de proveedores (agencias de publicidad, gestores, empresas de informática, empresas de contaduría, etc.)

4)        Propuesta de colaboración y sugerencias para evitar mayores consecuencias:

Desde hace muchos años en CIDOA representamos a comerciantes argentinos que invierten y dan trabajo a miles de argentinos. Nuestras redes cuentan con cientos de concesionarios cuyo trabajo es vender esta gama de productos complementarios a la producción local que se verían seriamente amenazados ante la nueva realidad. De avanzar este proyecto sin modificaciones se estaría poniendo en riesgo la estabilidad de miles de puestos de trabajo. Por lo tanto, sugerimos tener en cuenta las siguientes modificaciones con el fin de morigerar en parte las consecuencias negativas enumeradas en el punto 3 que, estimamos, serían irreversibles.

Carta enviada a autoridades nacionales el 27/11:

La Cámara de Importadores y Distribuidores Oficiales de Automotores (CIDOA), como representante de las automotrices abajo detalladas, ha recibido la preocupación de sus asociados y redes de concesionarios y talleres autorizados sobre el tema de referencia.

El proyecto tal cual fue remitido al parlamento provocara en la mayoría de nuestros asociados graves perjuicios económicos con sus consiguientes pérdidas de puestos trabajo por lo que sugerimos respetuosamente tener en cuenta las siguientes posibles modificaciones:

          Incrementar el valor de la base imponible.

          Escalonamiento: establecer escalas progresivas que permitan que la alícuota sea diferenciada de acuerdo al valor del vehículo.

          Actualización de dichas escalas teniendo en consideración el tipo de cambio con ajuste mensual o trimestral.

          Aplicación de este tributo a impuestos nacionales como, por ejemplo, impuesto a las ganancias.

          Revisar metodología de cálculo del anticipo de impuestos internos en aduana.

          Eximir de la aplicación de esta nueva alícuota a la mercadería que se encuentre:

         Con DJAI aprobada.

         En puerto o navegando.

         Con carta de crédito abierta.

         Mercadería pagada antes de la fecha de la ley.

Las marcas representadas por CIDOA son:  ALFA ROMEO, BMW, CHRYSLER, HYUNDAI, JAGUAR, KIA, LAND ROVER, MACK, MITSUBISHI, RENAULT TRUCKS, SUBARU, SSANGYONG, VOLVO y VOLVO TRUCKS.

Agradecidos por su atención, quedamos a su disposición para cualquier consulta al respecto.

5)        Aclaraciones sobre el impuesto.

           Impuesto al ‘ lujo’  ó  a la ‘alta gama’  ó  ‘ productos suntuarios’ : No solo a afecta a autos de lujo (minoría) sino también a una franja media de productos (mayoría).

           Nuevo impuesto: en realidad el impuesto ya existe y lo que se modifica es la base imponible y las alícuotas.

           Los importados saldrán un 50% más: realmente el impacto en el precio se estima en más de un 80% debido a la naturaleza de los impuestos internos donde el impuesto interno integra su propia base imponible y la tasa efectiva es del 100%.

           Se pagara los importados a un ‘dólar de 8 pesos’:  El precio del dólar seria el actual más un mínimo de 80%, es decir, 6,1 * 1,80= 11 pesos, y seguirá subiendo a medida que el dólar oficial aumente.

           Afecta a pocos modelos, afecta a pocos autos: En realidad afecta a toda una gama intermedia de vehículos que hace que exista cierta competencia en el mercado y en su gran mayoría              NO TIENEN SUSTITUTOS DE PRODUCCION LOCAL. Afecta muchísimo a ciertas marcas y concesionarios que están especializados en esta gama y podrían ser obligados a cerrar sus negocios.

Anexo 1.

Rol de importadores en el mercado.

Lineamientos sobre la necesidad de la importación extrazona.

Se define a los productos extrazona como todos aquellos modelos provenientes de fuera del Mercosur y México. Es decir todos los vehículos importados de terceros países que no sean Brasil, Uruguay y México. Los productos extrazona pagan hoy un arancel de importación del 35% sobre los precios CIF (FOB+flete+seguro). Todas las unidades provenientes de Brasil, Uruguay y México no pagan arancel de importación debido a acuerdos de libre comercio entre dichos países y los productos se consideran  intrazona.

Rol de los importadores extrazona:

1)        Ofrecer vehículos que no se fabrican en el Mercosur o con características de avanzado nivel tecnológico a los que si se fabrican (complementación de la oferta en el mercado local). Se ofrecen más de 150 modelos de origen extrazona (mas sus respectivas versiones para cada modelo).

2)        Generar ¨sana¨ competencia con los vehículos que se fabrican en la zona Mercosur (precio, calidad, seguridad, prestaciones) pese a pagar el 35% de arancel.

3)        Actuar como referencia de precio.

4)        Abastecer mejor el mercado local en un momento de escasez de producto que actualmente produce demoras de entrega.

5)        Aportar un importante ingreso adicional al estado nacional vía tributo del 35,5% del impuesto de importación para los vehículos extrazona (sobre precio CIF), estimado en varios cientos de millones de pesos.

6)        Generación de puestos de trabajo del distribuidor, su red exclusiva de concesionarios y servicios y de diversos proveedores y servicios.

Un mercado con más marcas y más modelos es un mercado más competitivo y por lo tanto mejor para los 930.000 consumidores de cero km que se estiman para el 2013.

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4 COMENTARIOS

  1. El gobierno no tiene problema en barrer por completo sectores económicos, ya lo hizo con parte del sector agropecuario, con las casas de cambio, etc.
    Ahora la frase “vehículos de gama media que, debido a la carga impositiva, equivalen a vehículos económicos de 17.000-20.000 dólares en mercados como el de USA, Chile o Europa”, no aclara que para los autos de fabricación mercosur/méxico, no hay carga impositiva alguna, y el gran perjudicado es el usuario cautivo que tiene que pagar esos precios.
    Saludos.

  2. Es un asco yo soy un trabajador que pago impuesto a las ganancias y todos mis impuestos y tengo una hyundai tucson la cual es muy buena. Pero ahora voy a comprar los que ellos quieran no soy rico ni tengo bienes de lujos solo trabajo. Estoy harto de este gobierno espero se termine pronto

  3. […] Desde CIDOA, la cámara que agrupa a los importadores de automóviles en Argentina (es decir, marcas no radicadas productivamente en el país), advirtieron sobre los daños irreversibles que el Impuestazo generará en el sector, con proyección de cierre de concesionarios, pérdidas de puestos de trabajo e incluso, la desaparición de empresas y importadores del país (ver más info aquí). […]

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